Obligaciones de la sociedad
Cuando la sociedad está registrada ante una institución de gobierno, adquiere obligaciones frente a dicha institución. Algunas obligaciones son mensuales, otras son anuales.
Declarar y pagar IVA
Al finalizar el mes en el que se inscribió, aunque no haya iniciado operaciones y no deba pago del impuesto, deberá presentar la declaración correspondiente a dicho mes. La presentación de la declaración es obligatoria aún cuando se haya inscrito el último día del mes.
Pago o Anticipo a Cuenta del Impuesto sobre la Renta
Las sociedades registradas a IVA deben declarar y pagar mensualmente el 1.75 % sobre los ingresos brutos por medio del sistema anticipo a cuenta. La declaración y el pago deben ser hechos durante los primeros diez días hábiles de cada mes.
Retenciones de Impuesto sobre la Renta a empleados
Retenciones en concepto de servicios de carácter permanente
Toda sociedad que pague a una persona natural domiciliada en la República, una cantidad en concepto de remuneración por servicios de carácter permanente, está obligada a retener el monto que como anticipo del Impuesto sobre la Renta le corresponde.
a. Remuneraciones gravadas pagaderas mensualmente
Desde US$ | Hasta US$ | % a aplicar | Sobre el exceso de US$ | Mas cuota fija de US$ | |
I TRAMO | 0.01 | 487.60 | Sin retención | Sin retención | Sin retención |
II TRAMO | 487.61 | 642.85 | 10% | 487.60 | 17.48 |
III TRAMO | 642.86 | 915.81 | 10% | 642.85 | 32.70 |
IV TRAMO | 915.82 | 2'058.67 | 20% | 915.81 | 60.00 |
V TRAMO | 2'058.68 | En adelante | 30% | 2'058.67 | 288.57 |
b. Remuneraciones gravadas pagaderas quincenalmente
Desde US$ | Hasta US$ | % a aplicar | Sobre el exceso de US$ | Mas cuota fija de US$ | |
I TRAMO | 0.01 | 243.80 | Sin retención | Sin retención | Sin retención |
II TRAMO | 243.81 | 321.42 | 10% | 243.80 | 8.74 |
III TRAMO | 321.43 | 457.90 | 10% | 321.42 | 16.35 |
IV TRAMO | 457.91 | 1'029.33 | 20% | 457.90 | 30.00 |
V TRAMO | 1'029.34 | En adelante | 30% | 1'029.33 | 144.28 |
Retenciones por prestación de servicios
Si se pagan sumas en concepto de pagos por prestación de servicios, intereses, bonificaciones, o premios a personas naturales que no tengan relación de dependencia laboral con quien recibe el servicio, están obligadas a retener el 10% de dichas sumas en concepto de anticipo del Impuesto sobre la Renta.
Las retenciones deben reportarse y pagarse íntegramente al Fisco.
Presentar planilla
El patrono debe reportar los salarios de sus empleados y cualquier otro cambio (horas extras, vacaciones). La planilla se presenta en el ISSS los primeros cinco días hábiles de cada mes para revisión y aprobación.
Pagar planilla
El patrono paga el 10.5% sobre los salarios : el 7.5% en concepto de cuota patronal, más el 3% que él retiene sobre el salario del empleado.
La planilla se debe pagar el último día hábil de cada mes en cualquier banco del país.
Presentación dy pago de cuota
El patrono paga el 13% sobre los salarios : el 6.75% en concepto de cuota patronal y el 6.25% que el retiene sobre el salario del empleado.
Presentación de planilla y pago de cuota
El patrono paga el 13% sobre los salarios : el 6.75% en concepto de cuota patronal y el 6.25% que el retiene sobre el salario del empleado.
Declaración y pago del impuesto municipal
La declaración debe presentarse antes del 31 de marzo y el pago hacerse antes del 30 de abril, para los ingresos del año anterior.
Declaración y pago del impuesto municipal
La declaración debe presentarse y pagarse antes del último día hábil del mes de abril cada año.
Declarar y pagar impuesto a la renta
Las sociedades sujetas al impuesto, están obligadas a presentar declaración de impuesto sobre la renta, debiendo realizar liquidación de las rentas, del impuesto respectivo y efectuar el pago.
La declaración deberá presentarse dentro de los primeros 4 meses del año.
Las sociedades calcularán su impuesto aplicando a su renta imponible, la tasa del 30%; excepto si han obtenido rentas gravadas menores o iguales a ciento cincuenta mil dólares (US$150,000.00), a las cuales aplicarán la tasa del 25%.
Presentar informe de retención de impuesto sobre la renta
Se debe elaborar un informe de todas las retenciones de impuesto sobre la renta que se han reportado mensualmente en el mes de enero de cada año.
Actualizar dirección de notificaciones
Los comerciantes con registro de IVA, están obligados a actualizar la dirección para recibir notificaciones, los primeros diez días hábiles de cada año.
Presentar informe de dividendos, acciones y socios
Las sociedades que distribuyen dividendos, excedentes o utilidades, deberán informar dentro del mes de enero, todas las distribuciones efectuadas en el año inmediato anterior. Asimismo, tendrán la obligación de remitir en el mismo plazo, el listado de las personas que tengan la calidad de socio, accionista o cooperado, se les haya o no efectuado distribución de dividendos, excedentes o utilidades.
Presentar informe sobre inventarios
En el mes de febrero es necesario presentar el detalle del inventario realizable (o sea el que se vende) de las empresas, artículo por artículo detallando nombre, cantidad o existencia final al 31 de diciembre del año cerrado.
Presentar Balance General, Estado de Resultados y Conciliación Fiscal
En el mes de mayo debe ser presentado el Balance General, Estado de Resultados y Conciliación Fiscal en el Formulario F971.
Presentar Dictamen Fiscal y nombramiento de Auditor Fiscal
El Auditor nombrado deberá presentar el Dictamen Fiscal conjuntamente con el Informe Fiscal, los Estados Financieros, las Conciliaciones Tributarias e información suplementaria, a más tardar el treinta y uno de mayo del año siguiente al período que se declara.
Depositar balance general
Las sociedades deben depositar el Balance General firmado por el representante legal, el contador y el auditor externo, con su respectivo estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio, Dictamen del Auditor y anexos.
Renovar la matrícula de empresa y registro de locales
Las matriculas de empresa y registro de locales deben ser renovados anualmente, para el caso de los comerciantes individuales se hace en el mes de su cumpleaños.
Para la renovación de matrícula de empresa debe presentarse debidamente auditado el balance general y el recibo de pago de derechos. El pago de derechos correspondientes al Depósito del Balance General, Renovación de la Matrícula y del Registro de local, sucursal o agencia debe hacerse en los bancos o instituciones del sistema financiero autorizadas, mediante formularios de pago disponibles en dichas instituciones. La obligación debe cumplirse anualmente en el mes en que fue inscrita la escritura de constitución.
Obtener constancia de registro de información estadística
Toda empresa legalmente constituida debe tramitar la obtención de esta constancia, la ley otorga sesenta días como máximo para realizar dicho trámite a partir de la fecha en que la empresa ha sido constituida; asimismo debe renovarse anualmente en el mes del cumpleaños del propietario de la empresa.
Activo mínimo | Activo máximo | Valor anual |
---|---|---|
0 | US $ 11,428.57 | US$ 5.00 |
US $ 11,428.57 | US $ 57,142.86 | US $8.00 |
US $ 57,142.86 | US $ 114,285.71 | US $10.00 |
US $ 114,285.71 | US $ 228,571.43 | US $15.00 |
US $ 228,571.43 | o más | US $20.00 |
Presentar actualización de datos de establecimiento
Los empresarios deben actualizar anualmente la información concerniente al registro de su establecimiento en el Ministerio de Trabajo.